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Trascripción de las Respuestas Generales recogidas según
la instrucción publicada en el Real Decreto, ordenado por Fernando VI el
10 de octubre de 1749.
Como quiera que resulta un documento muy largo,
para su mejor manejo y visualización he dividido dicho documento en cuatro
partes de diez preguntas cada una de ellas. (Respuestas de la 1 a la 10) (AGS_CE_RG_L306_683.jpg.
Folio 655) En el lugar de Alvendiego a treinta
y un días del mes de Agosto de mil setecientos cincuenta y dos año: Estando
en la sala de la Casa donde tiene planificada las oficinas el señor D.
José Pérez de Olmedo, Juez Subdelegado del Señor Coronel de Infantería
de los reales ejércitos de su majestad
y subteniente Rey del Castillo y Plaza de Alicante, D. Juan Día de Real Corregidor
e intendente General de las cuatro causas de Justicia Policía Hacienda
y Guerra de esta Provincia y su capital ciudad de Guadalajara por la aprobación
de la real Junta de única contribución
(AGS_CE_RG_L306_684.jpg
Folio 656) para
las diligencias que conducen con excepción los señores Julio Refusta
y Hermosilla vicario de abad cura de la Iglesia Parroquial de este dicho lugar;
Francisco Sanz Garrote y Santiago Alonso Regidores y únicos administradores
de Justicia Juan García, Escribano, Fiel
de hechos, Pedro Redondo, y Agustín de el Conde, estos expertos nombrados
por la Justicia y todos de este mencionado lugar, Francisco Prieto García
y Juan Ricote Chicharro, vecinos de el Lugar de Campisábalos, Peritos nombrados
por dicho señor Juez y todos de la mejor opinión inteligentes, tanto
en las calidades y cantidades de tierra que en general y particular comprende
este termino, sus frutos y cultura como en el numero de personas del pueblo, sus
artes, ocupaciones, granjerías, utilidades de cada uno: y así les
recibió a todos (a excepción de dicho señor vicario) juramento
en forma de derecho Dios nuestro Señor y una señal de la cruz y
habiéndole hecho, ofrecieron satisfacer a lo que les fuere preguntado,
sin agraviar a tercero, porque aseguran que usaran la recta legalidad, y siéndolo
por el interrogatorio que por cabeza, a cada una de sus preguntas, respondieron
lo siguiente. (AGS_CE_RG_L306_685.jpg.
Folio 657) 1. Cómo se llama la población. 1ª.
A la primera pregunta dijeron que de tiempo inmemorial ha sido tenido y como tal,
actualmente se llama esta población el lugar de Albendiego; y responden
2. Si es de realengo
o de señorío,
a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce. 2ª.
A la segunda: dijeron que este dicho lugar, es de señorío
y pertenece, con su jurisdicción como uno de los pueblos de la Villa y
tierra de Miedes, a la Excelentísima señora Duquesa del Infantado
quien percibe, en reconocimiento de Vasallaje, Cuatrocientos setenta y seis reales
y medio, y por elecciones de justicia, en lugar de un regalo que en el día
de Navidad se le había de hacer, cuarenta reales
y ocho maravedí es
y medio de Vellón
anuales, lo cual hicieron constar por testimonio de el escribano de Ayuntamiento
de la expresada Villa de Miedes, donde se le reparten estas cantidades y responden
.
3. Qué territorio ocupa el término, cuánto
de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto de circunferencia, por
horas, y leguas, qué linderos o confrontaciones; y qué figura tiene,
poniéndola al margen. 3ª. A la tercera
dijeron: que este término ocupa desde el levante al poniente media legua,
desde el norte al sur otra media y de circunferencia, legua
y media, que se podrá caminar en dos horas por causa de los muchos barrancos
que su línea confinante cruza; y que confronta por el levante con el termino de
el lugar de Ujados, por poniente con el de Condemios de Abajo y del de Campisabalos
por el norte con los de la Villa
(AGS_CE_RG_L306_686.jpg.
Folio 658) de Hijes y lugar de Somolinos y por
el Sur con el de la de Atienza y que forma la figura que va trazada al margen
y responden
4. Qué especies de tierra se hallan
en el término; si de regadío y de secano, distinguiendo si son de
hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes, y demás
que pudriere haber, explicando si hay algunas que produzcan mas de una cosecha
al año, las que fructificaren sola una y las que necesitan de un año
de intermedio de descanso.
4ª. A la cuarta dijeron:
que las especies de tierra que en este término se hallan son: Prados de
Dallo y Pasto de Regadío y de Secano: de solo Dallo, de secano y regadío;
de Regadío de Dallo y pasto poblados de frutales. Tierras de regadío
para hortaliza, Olmedas de Secano, Dehesa Boyal para el Ganado de labor, con algunos
robles, montes de encinas y pinos (que estas producen sin intermisión una
cosecha)
Tierras de sembradura de secano que lo hacen descansando un año:
Yermos por desidia de particulares y naturaleza y de aquellos y sin dueño
que no dan algún útil por entrar en el provecho común a los
lugares comarcanos de los pastos de este dicho termino y eras sin empedrar que
lo dan cada año por alquiler, y responden. 5. De cuántas
calidades de tierra hay en cada una de las especies que hayan declarado, si de
buena, mediana e inferior. 5ª//.. A la quinta
dijeron: que las tierras de regadío para hortalizas, olmeda de secano,
Prados de regadío de Dallo, y Pasto poblados de frutales, los de regadío
de solo Dallo, y el monte de encina son de una sola calidad: los prados (AGS_CE_RG_L306_687.jpg.
Folio 659) de regadío
de Dallo y pasto; y la Dehesa Boyal, con algunos robles para el ganado de labor
son de primera y segunda: los Prados de secano de Dallo y pasto y de sólo
Dallo; las tierras de sembradura de secano y Pinares de aprovechamiento común
de los vecinos, son de las de buena, mediana e inferior: los yermos por desidia
y naturaleza, de única: y que en las eras no se entienden calidades por
dar la utilidad como dejan dicho en arrendamiento; y responden
6.
Si hay alguno plantío de árboles en las tierras que han declarado,
como frutales, moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc. 6ª//..
A la sexta dijeron que los plantíos que en este termino se hallan son los
expresados de frutales, olmos, robles, encinas y pinos; y responden.. 7.
En cuáles de las tierras están plantados los árboles que
declararen. 7ª. A la séptima dijeron:
que los frutales están plantados en Prados de Regadío de Dallo,
y pasto de única calidad: los olmos en secano de la misma: que los Robles
los produce la Dehesa Boyal de secano de primera y segunda calidad, que los pinos
y encinas, nacen, naturalmente, en tierra sin riego de aquellos (los pinos) de
las tres calidades y estos (se refiere a las encinas) de única: y que aunque
en las de regadío para hortaliza hay algunos frutales, es tan corto su
número e inútil su calidad
(AGS_CE_RG_L306_688.jpg.
Folio 660) que no merecen estimación ni
se hace aprecio de ellos, y responden
8. En qué
conformidad están hechos los plantíos, si extendidos en toda la
tierra o a las márgenes, en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren. 8ª//..
A la octava dijeron: que los frutales y olmos están plantados, aquellos
en extensión de la tierra salpicados y estos, en la propia conformidad
a los márgenes; y las encinas, robles y pinos nacidos naturalmente en la
extensión sin orden, y responden 9. De qué medidas
de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas
en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que
se cogen en el término se siembra en cada una. 9ª.
A la novena dijeron que la medida que en este país se usa comúnmente
es (la) fanega que
la componen doce celemines
para mensura, y cuatrocientos estadales
para medir : y que el grano que en cada una
de ella se siembra es siendo de la mejor calidad de sembradura de secano doce
celemines de trigo,
diez de centeno, una fanega y tres celemines de cebada y media fanega
de avena, de la mediada, diez celemines
de trigo, doce de cebada, ocho de centeno o cinco de avena y de la ínfima,
ocho celemines de
trigo, nueve de cebada, seis de centeno y cuatro de avena y que en las demás
especies no se siembra grano alguno y responden
10. Qué
número de medidas de tierra habrá en el término, distinguiendo
las de cada especie y calidad, por ejemplo, tantas fanegas, o del nombre, que
tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad, tantas de mediana
bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás especies que hubieren
declarado. 10ª //.,. A la décima dijeron:
que es termino se compone de Cinco mil seiscientas diez fanegas de tierra a saber:
Noventa de Prados de Regadío de Dallo y Pasto y de ellos
(AGS_CE_RG_L306_689.jpg.
Folio 661) Las ochenta de primera calidad y el
resto de segunda; dos fanegas
de regadío de solo Dallo y calidad única; Setenta fanegas de prados
de secano de Dallo y pasto, y de ellas las treinta de la mejor calidad, treinta
y una de la mediada y el resto de la ínfima: Doce fanegas
de solo Dallo sin riego las dos de buena calidad, seis de mediada y el resto de
ínfima: Diez y siete fanegas
de prados de Regadío de Dallo y pasto pobladas de frutales de única
calidad: Seis fanegas
y media de tierras de regadío para hortaliza de la misma; Dos fanegas
y media de olmedas de secano de la propia: Dos mil y cien fanegas
de sembradura de secano y de estas las seiscientas y cincuenta de la mejor calidad,
Mil de la mediada y cuatrocientas cincuenta de la inferior; doscientas y cincuenta
fanegas de la Dehesa boyal sin riego pobladas con algunos robles y de ellas ciento
de Primera Calidad y el resto de segunda; Ciento setenta fanegas de montes de
encina hueca pobladas de pies de única calidad, Trescientas sesenta y cinco
fanegas de pinar,
las doscientas treinta y ocho de la mejor calidad, ciento de la mediada y el resto
de la ínfima, que estas tres especies son de aprovechamiento común
particular a los vecinos .. (AGS_CE_RG_L306_690.jpg.
Folio 662) de este dicho lugar, Dos mil y quinientas
fanegas de yermos
de única: Cuarenta y cinco por desidia de particulares y el resto de semejante
dueños y sin el por naturaleza y peñascos y las quince fanegas
restantes de eras sin empedrar, y responden
Siguientes
respuestas de la 11 a la 20. | |
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