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de las Respuestas Generales recogidas según la instrucción publicada
en el Real Decreto, ordenado por Fernando VI el 10 de octubre de 1749.Como
quiera que resulta un documento muy largo, para su mejor manejo y visualización
he dividido dicho documento en cuatro partes de diez preguntas cada una de ellas.
(Respuestas de la 11 a la 20) (AGS_CE_RG_L309_702.jpg.
Folio 654) 11. Qué especies de frutos se cogen en el término. 11ª
A la Undécima dijeron: Que los frutos que en el término se recogen.
Son trigo, centeno, cebada, cera, miel, lana, queso, corderos, chotos, hierba,
bellota, leña y algún árbol para fábrica de casa
12.
Qué cantidad de frutos de cada género, unos años con otros,
produce, con una ordinaria cultura, una medida de tierra de cada especie y calidad
de las que hubiere en el término, sin comprender el producto de los árboles
que hubiese. 12ª.. A la duodécima dijeron:
Que la fanega
de tierra de buena calidad de sembradura de regadío produce sin intermisión
ocho Fanegas
de trigo, seis la de mediana y cuatro la de ínfima. La fanega
de tierra de sembradura de secano produce el año que se siembra, seis Fanegas
de centeno, la de buena calidad, la mediana cinco y cuatro la de ínfima;
y aunque se siembra alguna vez trigo y
(AGS_CE_RG_L309_703.jpg.
Folio 655). cebada es solo en las tierras de
primera y segunda calidad y asciende su producto a el de el centeno; el Prado
de Regadío de primera calidad produce diez cargas de hierba por fanega
el de segunda cinco y el de tercera tres: los Prados de secano de buena calidad
cuatro cargas por fanega
, el de segunda dos y los de tercera una carga
. 13. Qué
producto se regula darán por medida de tierra los arboles que hubiere,
según la forma en que estuviese hecho el plantío, cada uno en su
especie. 13ª. A la décima tercia dijeron:
que el producto de los declarados árboles por lo tocante a frutales es
ninguno respecto que la frialdad de la tierra es causa a que generalmente se pierdan
y hielen todos los años aunque regulan a ciento y veinte por fanega
y por lo respectivo a leña regulan sacarse anualmente cuatro cargas por
fanega de dehesa,
que es de donde se saca solo para el consumo y aprovechamiento de los vecinos,
de Bellota media fanega
por una de dicha dehesa, seis olmos de la fanega
de la Tierra de buena calidad , de la de segunda cuatro y dos de la de tercera,
esto se entiende en las tierras de regadío y en las de secano cuatro Fanegas
de buena calidad, tres la de mediana (AGS_CE_RG_L309_704.jpg.
Folio 656) y dos la de inferior; en atención
a haber regulado a Doscientos olmos por fanega
de ambas especies; y los fresnos respecto, regulan a doscientos por fanega
declaran poder producir, la fanega
de buena calidad de regadío siete cargas de hoja y la de mediana seis,
y la de tercera cinco, La de secano de buena calidad cinco cargas de hoja la de
mediana cuatro y la de tercera tres, los robles que regulan a ciento por fanega
, de ambas especies, declaran poder producir la fanega
de buena calidad de regular cinco cargas de leña y nueve fanega
que la componen doce celemínes
de bellota. La de mediana cuatro cargas de leña y ocho fanega
que la componen doce celemínes
de bellota y la de tercera tres cargas de leña y siete fanega
que la componen doce celemínes
de bellota. La fanega
de secano de buena calidad produce cuatro cargas de leña y seis fanega
que la componen doce celemínes
de bellota, la de segunda tres cargas de leña y cinco fanega
que la componen doce celemínes
de bellota y la de tercera dos cargas de leña y cuatro fanega
que la componen doce celemínes
de bellota, Y la fanega
de tierra yerma por naturaleza con robles, cuatro cargas de leña y seis
fanega que la
componen doce celemínes
de bellota, todo anualmente
14. Qué valor tienen
ordinariamente un año con otro los frutos que producen las tierras del
término, cada calidad de ellos. 14ª. A
la decimocuarta dijeron: que el valor de el trigo un
(AGS_CE_RG_L309_705.jpg.
Folio 657) año con otro es a doce Reales
por cada fanega
; la de Centeno a diez, la de cebada a seis; cada arroba de lana a veinte y cinco
Reales , cada Queso
a cuatro Reales
; el cordero a nueve Reales
y el choto a ocho; la carga de hierba a tres Reales
, la de Leña a diecisiete maravedíes,
la fanega de
bellota a seis Reales
, Cada Olmo a cuatro Reales
, cada carga de Ramas de fresno a de de Vellón
y por lo que hace al Pasto de la Dehesa a cuatro Reales
de de Vellón por fanega
, por el de la tierra yerma por naturaleza o por imposibilidad a ocho maravedíes,
el Prado e regadío por el segundo fruto que es el pasto la fanega
de buena calidad diez Reales
, la de Segunda cinco y la de tercera tres, y los de secano el de buena calidad
seis Reales , el
de mediana cuatro y el de inferior dos
15. Qué
derechos se hallan impuestos sobre las tierras del término, como diezmo
, primicia ,
tercio-diezmo
u otros; y a quien pertenecen. 15ª.. A la décima
quinta dijeron: que los derechos que sobre las tierras se hallan impuestos, son
los diezmo s
y primicia s,
que estas corresponden al Sr. Cura y se pagan, ascendiendo a cinco medias aunque
el exceso sea corto y aquellos se pagan y devengan, de diez, una medida raida,
y corresponden a la Iglesia de este lugar; Excelentísima Señora
(AGS_CE_RG_L309_706.jpg.
Folio 658) Duquesa de el Infantado por sus tercias
Reales , Señor
Arcipreste de la Villa de Atienza, obra y fabrica de las Iglesias de Sigüenza;
Iglesia de San Bartolomé de dicha villa de Atienza la de San Gil de la
misma villa el Rey por razón de caices
Los ocho beneficios de la Iglesia de Santiago de dicha Villa; los dieciséis
beneficios y medio de la Iglesia de San Bartolomé cabildo de la Santa Iglesia
de Sigüenza Señor Obispo, y señor cura
16.
A qué cantidad de frutos suelen montar los referidos derechos de cada especie
o a que precio suelen arrendarse un año con otro. 16ª.
A la décima sexta dijeron: que el diezmo
de centeno, respecto a lo que se siembra, según regulación ascenderá
a Doscientas y tres medias. Cuatro
fanega que la
componen doce celemínes
y tres cuartillos,
aunque en este último quinquenio había ascendido a mucho mas por
los muchos arrompidos nuevos que ha habido en el términos que ya en virtud
de superior orden se han prohibido, el de el trigo una fanega
once fanega que
la componen doce celemínes
y tres cuartillos;
el de la cebada siete fanega
que la componen doce celemínes
y dos cuartillos:
el de corderos a treinta y ocho y ocho novenos el de lana, a ciento y cuarenta
y nueve libras:
el de chotos a sesenta y ocho novenos y dos tercios
(AGS_CE_RG_L309_707.jpg.
Folio 659) de quesos
once y un tercio; y en maravedíes
ochocientos cincuenta y dos; y por lo que respecta a las primicia
s a veintiocho Fanegas
de centeno y de lo demás nunca llega el caso de pagarse, este derecho y
no hay obrero mayor ni arrendadores
17. Si hay algunas
minas, salina, molinos harineros u de papel, batanes
u otros artefactos en el término, distinguiendo de qué metales y
de qué uso, explicando sus dueños y lo que se regula produce cada
uno de utilidad al año. 17ª. A La Décima
séptima dijeron: que en el Término hay dos molinos harineros de
una Piedra cada uno y pertenecen al Señor D. Alfonso Maza Cura propio de
la Villa de Marranchón y a la obra pía de huérfanas que en
este lugar fundo el Bachiller D. Francisco Morales, y el producto que al dicho
D. Alfonso Maza es treinta Fanegas
de trigo y centeno por mitad anuales; y el de el Bachiller Morales, sesenta y
seis Fanegas
también de trigo y centeno por mitad y anuales, por estar en mejor sitio
y ambos muelen con agua corriente todo el año y no hay más de lo
que expresa la pregunta 18. Si hay algún esquilmo
en el término, a quien pertenece, qué número de ganado viene
al esquileo a él y que utilidad se regula da a su dueño cada año. 18ª.
A la décima octava dijeron: No hay en este lugar ni su término,
ni hecho conocido esquileo de Ganado alguno de fuera parte ni de otra especie
... (Confunden esquilmo
con esquileoo esquilo) 19. Si hay colmenas en el término, cuántas
y a quien pertenecen. 19.- A la decimonona dijeron
haber en este término ciento
. (AGS_CE_RG_L309_708.jpg.
Folio 660) y treinta
y tres colmenas y pertenecen tres a Agustín Parra, catorce a Blas Barrio,
tres a Benito de las Heras Una a Cosme Parra, Ocho a D. Francisco Morales, Veinte
a Gregorio Parra, una a Juan de Somolinos Parra, Cuatro a Juan Parra alonso; Dos
a José Leal, Seis a Manuel de Aparicio, doce a Manuel de Somolinos, Diez
y seis a Magdalena de las Heras, ocho a Narciso de las Heras; Diez a Pedro Ibáñez;
dos a Pedro Somolinos; una a Sebastián Leal; siete al Sr Cura; diez a Agustin
Alonso y una a Miguel Pérez; y el producto que anualmente da cada una a
su Dueño, es cinco Reales
de de Vellón , cuatro
de miel y uno de cera en atención a no catarla todos los años pues
de ejecutarlo se expondrían a perderse
20. De qué
especies de ganado hay en el pueblo y término, excluyendo las mulas de
coche y caballos de regalo; y si algún vecino tiene cabaña o yeguada
que pasta fuera del término, donde y de qué número de cabezas,
explicando el nombre del dueño. 20ª a
la vigésima dijeron; que las especies de ganado que hay en el término
y Pueblo, son lanar, cabrio. Vacuno de labor y crías, caballos y yeguas
de labor y crías, Mulas, Asnal de labor y crías; y de cerda y el
producto que cada oveja da a su dueño es seis Reales
menos cuartillo
(AGS_CE_RG_L309_709.jpg.
Folio 661) cuatro y medio por razón de
la cría, uno por la lana, y el cuartillo restante por el sirle;
el carnero seis Reales:
el real y medio de lana y sirle y los cuatro y medio por su mayor aumento: el
cabrio la hembra por razón de la cría, cuatro Reales
en atención a solo considerarles la mitad de las crías, asi altas
como a las ovejas, y no poderlas los mas años quitar la leche para queso
ni otro fin; por no exponer las crías a que perezcan de necesidad: el macho
seis Reales de
Vellón por su mayor aumento:
cada vaca y novillo cerril, veinte Reales
de de Vellón. Cada Yegua
o caballo cerril veinte Reales
y el de cerda quince anualmente
Siguientes
respuestas de la 21 a la 30. | | |