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Transcripción
de las Respuestas Generales recogidas según la instrucción publicada
en el Real Decreto, ordenado por Fernando VI el 10 de octubre de 1749. Como
quiera que resulta un documento muy largo, para su mejor manejo y visualización
he dividido dicho documento en cuatro partes de diez preguntas cada una de ellas.
(Respuestas de la 1 a la 10). Respuestas Generales al Interrogatorio. (AGS_CE_RG_L307_803.jpg
Folio 833) Copia En
el lugar de Condemios de Abajo Jurisdicción de la Villa de Miedes a Diez
y ocho días del mes de Julio de mil setecientos y cincuenta y dos: ante
el Señor D. Ventura Antonio de Riaza; Juez Subdelegado nombrado para las
diligencias de la Única Real Contribución por el Sr. D. Juan Díaz
de Real Coronel de los Reales Ejércitos de Su Majestad (Que Dios Guarde)
su Lugarteniente de Rey de la Plaza y Fortaleza del Castillo de la Ciudad de Alicante
Corregidor
(AGS_CE_RG_L307_804.jpg
Folio 834) E Intendente General de la de Guadalajara
y su Provincia parecieron los Señores Francisco Parra y Gregorio Chicharro
Regidores de dicho lugar, Francisco Bravo y Martín Lozano sus vecinos y
Labradores Peritos nombrados por parte de su Justicia; Agustín Fraile Escribano
de hechos, Diego Recacha Mendoza e Ignacio Sanz Vecinos y Labradores de la Villa
de Miedes, Peritos nombrados por su merced, y en nombre de la Real Hacienda todos
cuatro Prácticos e Inteligentes y de la mejor opinión, para lo que
previene el Capítulo 1ª de la Real Instrucción, y estando presentes
el Sr, D. Juan Antonio Pérez Gil, Cura propio de su Iglesia Parroquial
y de la de Condemios de Arriba donde existe por ante mi Jerónimo Fernández
Caballero, Escribano de su Majestad, número perpetuo de la villa de Horche
y nombrado para la Práctica de estas Diligencias a excepción de
dicho Señor Cura, el nominado señor Subdelegado Recibo juramento
de dicha Justicia y expresados por Dios Nuestro Señor y a una Señal
de Cruz forma de Derecho y habiéndole hecho bien y cumplidamente como se
requiere ofrecieron decir verdad en cuanto supiesen ... (AGS_CE_RG_L307_805.jpg
Folio 835) Y fuesen preguntados, y siéndolo
a el tenor de los Artículos contenidos en el Interrogatorio Señalado
con la letra A que Impreso antecede respondieron lo siguiente
1.
Cómo se llama la población 1ª.
A la Primera pregunta Dijeron que este Lugar se nombra Condumios de abajo y es
uno de los comprendidos en la Jurisdicción de la Villa de Miedes y Responden
2. Si es de realengo o de señorío,
a quién pertenece, qué derechos percibe y cuánto produce. 2ª.
A la Segunda Dijeron que este Pueblo es de señorío
y pertenece con su Jurisdicción y Vasallaje a la Excma. Señora Duquesa
del Infantado Marquesa de Santillana Residente en la Villa de Madrid quien percibe
la nominación de Justicia en cada un año Treinta y un Reales
y medio, y por el Derecho de Pecho y Vasallaje Doscientos ochenta y nueve Reales
y medio lo cual se satisface a dicha Señora por los vecinos y Responden
3. Qué territorio ocupa el término, cuánto
de levante a poniente y del norte al sur, y cuánto de circunferencia, por
horas, y leguas,
qué linderos o confrontaciones; y qué figura tiene, poniéndola
al margen. 3ª. A la Tercera pregunta Dijeron
que el término de este Lugar ocupa de Levante a el Poniente media legua
larga y del Norte al Sur lo mismo, siendo su circunferencia dos leguas
y cuarto que estas se podrán andar a pie en dos oras y media, confronta
por Levante con
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Folio 836) El término del lugar de Albendiego por el Poniente
con el de Condumios de Arriba por el sur con el término del suelo de Atienza
y del Norte con el del Lugar de Campisábalos y su figura es poco más
o menos que la que se demuestra
4. Qué especies de tierra
se hallan en el término; si de regadío y de secano, distinguiendo
si son de hortaliza, sembradura, viñas, pastos, bosques, matorrales, montes,
y demás que pudiere haber, explicando si hay algunas que produzcan mas
de una cosecha al año, las que fructificaren sola una y las que necesitan
de un año de intermedio de descanso. 4ª.-
A la cuata Dijeron que las especies de Tierras que hay en su término son
de sembradura de secano que producen un año si y otro no, trigo cebada
y centeno = Huertos de secano que producen berzas Prados de Dalla y Pasto que
anualmente producen heno o hierba y Pastos de Invierno, Prados de Dallo solo,
y su pasto común a los ganados de vecinos; Monte hueco de Roble: cuyas
leñas son comunes a vecinos sin que en el se haya hecho corta alguna, Montes
pinares en que se hacen cortas para fabrica de Maderas Dehesa de Pasto para los
Ganados de Labor pertenecientes a sus vecinos y tierras yermas e Incultas por
su naturaleza en las cuales y en los dichos Montes pastan todos Ganados de Vecinos
los demás que coprehnenden la Villa y Tierra de Miedes, las de Galve, Paredes,
Jadraque, Berlanga y suelo de la Villa de Atienza y Responden ... (AGS_CE_RG_L307_807.jpg
Folio 837) 5. De cuántas calidades de tierra hay en cada una de
las especies que hayan declarado, si de buena, mediana e inferior. 5ª-
A la Quinta dijeron que en las Tierras de sembradura de secano, Prados de Dallo
y Pasto y de solo Dallo; Dehesa de Pasto y Monte Pinar se encuentran las Calidades
de Buena Mediana e Ínfima; en los Huertos de Hortaliza sola de Buena calidad,
que es la sola en su especio y en el Monte Robledal lo mismo, no entendiéndose
calidades algunas en las Incultas y responden ... 6. Si hay alguno
plantío de árboles en las tierras que han declarado, como frutales,
moreras, olivos, higueras, almendros, parras, algarrobos, etc. 6ª.
A la sexta dijeron que en su término, no hay otro Plantío que el
que se hallan en los Montes Robledal y Pinar y responden
7.
En cuáles de las tierras están plantados los árboles que
declararen. 7ª. A la séptima dijeron que dicho plantío
está en tierras de secano perteneciente a este Pueblo y su común
y responden
8. En qué conformidad están hechos
los plantíos, si extendidos en toda la tierra o a las márgenes,
en una, dos, tres hileras, o en la forma que estuvieren. 8ª. A la octava
dijeron que el Plantío de Robles, Pinos y encinas se hallan sin orden alguna,
como su tierra le produce y responden
9. De qué medidas
de tierra se usa en aquel pueblo: de cuántos pasos o varas castellanas
en cuadro se compone, qué cantidad de cada especie de granos de los que
se cogen en el término se siembra en cada una. 9ª. A la nona
pregunta Dijeron que la medida que se usa en este Pueblo es (la) fanega
que llaman de Marco Real, y se compone de cuatrocientos estadales. Que cada uno
tiene Diez Pies geométricos, y que en cada una fanega
de tierra
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Folio 838 ) De sembradura de secano es regulan su siembra en la de buena
calidad una fanega
de trigo, y de cebada catorce celemines
en la de mediana si es trigo nueve celemines,
y de cebada una fanega
y en la de ínfima de trigo seis celemines,
de cebada ocho y de centeno se celemines
y responden .. 10. Qué número de medidas de tierra habrá
en el término, distinguiendo las de cada especie y calidad, por ejemplo,
tantas fanegas,
o del nombre, que tuviese la medida de tierra de sembradura de la mejor calidad,
tantas de mediana bondad y tantas de inferior; y lo propio en las demás
especies que hubieren declarado. 10ª, A la Décima
dijeron que el término de este Lugar se compone de tres mil cuatrocientas
sesenta fanegas,
Doscientas más o menos en esta forma de sembradura de secano, mil ciento
y treinta fanegas,
las doscientas y veinte de Buena calidad, seiscientas y treinta de la de mediada
y Doscientas y ochenta de la de ínfima = De Huertos de hortaliza de buena
calidad única en su especie dos fanegas
= De Prados de Dallo y Pasto, Ciento y cincuenta fanegas;
Noventa de buena Calidad; cincuenta y cuatro de mediana, y seis de Ínfima
= De Prados de sólo Dallo y su Pasto Común veinte y ocho fanegas;
las doce de buena calidad, diez de la de mediana y seis de Inferior = De Monte
Pinar setecientas setenta fanegas:
las ciento y diez de buena calidad; Doscientas y noventa de la de mediana; y trescientas
setenta de Ínfima, de Monte çRobledal única calidad en su
especie cien fanegas
de ... (AGS_CE_RG_L307_809.jpg
Folio 839) Dehesas de Pasto, doscientas y ochenta
fanegas, las
cien de buena calidad, ochenta de mediana y ciento de la de ínfima y las
mil fanegas restantes
de yermos incultos por naturaleza y Peñascos y además de las expresadas
como siete fanegas
de tierra destinadas para eras de Pan trillar sin empedrar que recogidas las mieses
sirven para pasto común para el ganado de vecinos y responden
Siguientes
respuestas de la 11 a la 20. | | |