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 Asociación de Agricultores, Ganaderos y Selvicultores...

   
 
  Naturales.
  Sociales.
 


La Asociación de Agricultores, Ganaderos y Selvicultores, propietarios finncas comunales de Albendiego (A.G.S), se creó en base a los siguiente objetivos Objetivos:

El objetivo principal de nuestra asociación es velar y defender los intereses de las propiedades comunales de titularidad particular, y el otro objetivo básico, según se recoge en el articulado de nuestros Estatutos, es el intervenir y defender los derechos de los propietarios de fincas particulares de todos los asociados. De las 846 hectáreas que nuestros antepasados consiguieron, a fuerza de sacrificios y de pasar penalidades, en la actualidad solamente nos quedan dos fincas de propiedad comunitaria denominadas: Las Lastras, de 113 hectáreas y la Dehesa de San Antón, de 12,5 hectáreas.

A raíz de la aplicación de la Ley de Cámaras Agrarias de Castilla La Mancha, publicada en el B.O.E. de las Cortes de Castilla La Mancha con fecha 28 de julio de 1996 y que, mediante la ejecución la misma, se expolian, a favor de las Cámaras Provinciales Agrarias, cuatro fincas con una extensión total de 720 Ha, lo que representa más de un tercio de su término municipal.
A tal efecto y para entender el tema que nos ocupa, permitidme una breve historia. Las Fincas en cuestión se conocen en el pueblo por el nombre de Valdemulos, El Monte, El Ceño y la Muela todas ellas adquiridas entre 1860 y 1887, por suscripción popular, como consecuencia de la Ley de Desamortización General del 1 de mayo de 1855 impulsada por Madoz.
La finca de Valdemulos, en principio, fue adquirida por vecinos de Aldeanueva y, el día siete de agosto de 1860, Felipe Aparicio, vecino de Albendiego, remató una lote compuesto por cuatro terrenos baldíos sitos en el pueblo de Aldeanueva, por la cantidad de cincuenta mil setecientos veinte reales. El 5 de Mayo de 1861, los habitantes de Aldeanueva y Albendiego llegan a un acuerdo y pactan cambiar las fincas que cada uno había adquirido. Todo ello se planea y ejecuta en una permuta que se lleva a cabo en la fecha anteriormente expuesta.
Las demás fincas, el Monte, El Ceño y la Muela, fueron adquiridas de igual manera, por suscripción popular, en una venta judicial celebrada en Atienza el 17 de Abril de 1880, en la que el vecino de Albendiego, Ángel Olalla Romero, en representación de todos los demás, remató la finca denominada "el Ceño" por 695 pesetas. Para gestionar las mencionadas fincas se nombraron distintas comisiones que regulaban los pastos, la leña, los frutos etc. como ejemplo, se acompaña imagen de la Comisión del Monte Carrascal de fecha de 10 de enero de 1900 y otro documento imagen de la Comisión del Ceño de fecha 28 de febrero de 1901.
Cuando aparecen las Hermandades de Labradores y Ganaderos, alrededor de los años 60, las fincas en cuestión pasan a ser gestionadas por esta organización para evitar duplicidades ya que, los miembros de la Hermandad de Labradores, eran también los que componían las citadas Comisiones y tenía las mismas competencias y, lo que era lo más importante, los propietarios de las fincas, seguían siendo los mismos. En los años sesenta, se llevó a cabo la Concentración Parcelaria y las mencionadas fincas se registran a nombre de la Hermandad de Labradores y Ganaderos, en virtud de un documento que firman una pequeña parte de los propietarios de estas fincas comunales. Este proceso coincide con el movimiento migratorio hacia los núcleos industrializados. Los propietarios que quedan en el pueblo, siguen formando parte de la Hermandad de Labradores, y por lo tanto administrando las fincas. Nunca se tuvo conciencia de que se había cedido la posesión de la tierra, pues las Hermandad de Labradores la formaban los propietarios de los baldíos o fincas comunales. Años más tarde, desaparecen las Hermandades de Labradores,y surgen las Cámaras Locales Agrarias que se hacen cargo de todas las gestiones que venían desempeñando las Hermandades y por ende, también traspasan las fincas cuestión a manos de las Cámaras Locales. La nueva figura creada por la administración estaba formada por las mismas personas y las fincas comunales estaban administradas, explotadas, gobernadas y regidas por las personas del pueblo, que en realidad eran sus propietarios naturales y sus herederos legítimos. Al desaparecer las Cámaras Locales agrarias, con la aplicación de la la Ley de Cámaras Agrarias de Castilla La Mancha, publicada en el B.O.E. de las Cortes de Castilla La Mancha con fecha 28 de julio de 1996, las fincas en cuestión pasan a ser Propiedad de las Cámaras Provinciales, y los dirigentes de la Cámara Local, sabiendo el proceso que se había puesto en marcha se cruzaron de brazos inhibiéndose de los problemas.

En todos los pueblos en que las Hermandades de Labradores o Cámaras Locales Agrarias, tenían algo de patrimonio, antes de entrar en vigor esta Ley, lo pasaron y lo pusieron a nombre de las Asociaciones locales de Agricultores. Nuestros dirigentes locales no supieron o, lo que es peor, a sabiendas de los que se avecinaba, no hicieron nada por impedir este proceso, quizás guiados por deseos y planteamientos inconfesables. Una vez consumados los hechos, el mismo día que se estaba celebrando una reunión para decidir el futuro de estas fincas, a la cual nuestros dirigentes y representante no asistieron, Juan Romero Luengo, (mi padre), presentó en la Consejería Provincial de Agricultura un escrito reclamando la titularidad de dichas fincas, aunque se lo registraron de entrada un día después de su presentación y le contestaron que se había pasado el plazo de reclamación. A nuestro pueblo no le queda más remedio que acatar tal decisión, pero, evidentemente, no compartimos.

Todo lo cual hemos manifestado en innumerables ocasiones ante el Delegado de Agricultura de esta Provincia, ante el Consejero de Agricultura e incluso hemos apelado a nuestro Presidente, ... pero hasta ahora nada. Han hecho oídos sordos, caso omiso a nuestras peticiones ¿Cómo es posible que nuestros políticos usurpen estas fincas al pueblo? ¿Esto es justicia social? ¿Esto es equidad?

Como decíamos en el punto anterior, no compartimos la presente Ley, pues creemos que nos quitan unos terrenos adquiridos por nuestros antepasados, a los que les costó un enorme sacrificio conseguirlos; pero en el momento que la acatamos por la fuerza, empezamos un proceso de recuperación y solicitamos a la Cámara Provincial Agraria de Guadalajara, primero que nos devolvieran la titularidad de dichas fincas a los propietarios y herederos legítimos y naturales y/o que nos cediesen las mencionadas fincas para su gestión y administración según establece la disposición segunda, epígrafe 3 de la citada y también nos lo han negado, arguyendo, entonces, que no estaba constituido el Pleno que tiene que regir todo este proceso, después que habían pasado más de tres años de la publicación de la citada Ley.

Ante todo este problema que afecta a un pueblo cabe preguntarse ¿Qué postura ha adoptado el Ayuntamiento de nuestro pueblo?, pues por inusitado que parezca, el Ayuntamiento nunca ha apoyado nuestra postura de una forma coherente y firme, es más, hemos de decir que, con su actitud de sumisión, y a fin de conseguir unos cuantos euros por los arriendos de caza y pastos, ha firmado un simulacro de contrato con la Consejería Provincial de Agricultura, en virtud del cual, la Cámara Provincial Agraria, arrienda dichas fincas al Ayuntamiento por una cantidad insignificante. Todo lo cual presenta como un logro importante y no se da cuenta que con su actitud de sumisión, está ratificando y validando la titularidad y propiedad de las fincas a favor de la Administración.

  
    
    
    
    
    
    
    
   
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